Consulta Popular para que el pueblo pueda decidir
El diputado socialista Carlos Nivio, presentó un proyecto de Ley para reglamentar un Instituto de democracia semidirecta, como es la Consulta Popular que, si bien ha sido incluido en la Reforma Constitucional de 1994, no ha sido reglamentado.
El concepto de democracia está estrechamente vinculado al de participación. La Consulta Popular implica un llamado -sin intermediarios- al pueblo condenado en algunas democracias representativas a elegir sin gobernar, a votar sin participar. Implica un acercamiento a una democracia auténtica. Es un sistema utilizado internacionalmente para resolver sobre importantes temas de cada país.
El desarrollo de la figura de la Consulta Popular en nuestro país y en el mundo, nos indica hoy que es de fundamental importancia asignarle el carácter constitucional que su entidad exige. De tal forma, al efectuarse la reforma a la Constitución de la provincia de Buenos Aires en el año 1994, fue incluido el artículo 67º por medio del cual quedaron incorporadas, formas indirectas de democracia tales como el derecho de Iniciativa y la Consulta Popular.
Nivio entiende que la Cámara de Diputados provincial, y la Legislatura en su conjunto, tiene una importante deuda con la población bonaerense, al no haber sancionado en los 16 años transcurridos desde que se produjo la reforma a la Constitución provincial, la correspondiente reglamentación de este Instituto, así como la incorporación de otros mecanismos de democracia semidirecta.
De no establecerse un marco legal que reglamente esta práctica podría producirse un manejo distorsionado o tendencioso de la misma, con lo cual se tornaría en una herramienta de uso discrecional para los gobernantes, prostituyéndose su real objetivo. Debe preverse una actividad amplia de los partidos políticos en el proceso previo a la decisión planteada con el objetivo de profundizar la discusión sobre la cuestión propuesta.
Durante los últimos años se han admitido una serie de procedimientos, principalmente en relación con el sistema electoral, que han llegado –de manera contradictoria- a tergiversar muchas veces la voluntad popular, generando de tal forma un peligroso descreimiento sobre el valor real de la democracia para el desarrollo de la Nación en general y de nuestra Provincia en particular. La participación del pueblo en la toma de decisiones resulta fundamental para mejorar la calidad institucional. Constituye un medio idóneo para corregir, controlar y limitar a los órganos políticos, obligando a los mismos a no apartarse de la voluntad popular.
Desde mediados de la pasada década, diversas organizaciones no gubernamentales han planteado la aplicación de la Consulta Popular para que la ciudadanía se exprese con referencia a propuestas concretas, aunque sin lograr un eco oficial favorable a su gestión.
Los mecanismos de democracia semidirecta constituyen una de las palancas de cambio que permitirán superar la anquilosada estructura de la democracia representativa en pos de la tan necesaria democracia participativa, donde el pueblo es protagonista permanente en los procesos de toma de decisiones trascendentales que hacen a su futuro, a diferencia del presente donde solo es consultado para elegir a sus representantes en los actos electorales correspondientes.
Explica Nivio: “Creemos firmemente que los problemas de la democracia se resuelven con más democracia. La soberanía popular es el fundamento indiscutido e indiscutible de la democracia. Afirmamos que la participación mejora al hombre porque lo hace artífice de su destino. El incremento de la participación popular es lo único que garantizará que la sociedad sea plenamente democrática y que la democracia posibilite la justicia social”.
Marzo de 2010
Derecho a la iniciativa y consulta popular ya!
ResponderEliminarCon su posterior correlato.